Cómo dar de alta la luz en España: requisitos, costes y plazos

Alta de suministro eléctrico

Contrata con una comercializadora y confirma antes si el punto es nuevo, está dado de baja o sigue activo.

La comercializadora elegida suele tramitar el acceso en tu nombre, mientras que la distribuidora asignada a la zona valida y realiza las actuaciones de red necesarias. Si la instalación está preparada y no se requieren obras, la referencia general de la CNMC para un alta ordinaria es de 5 a 7 días hábiles.

España
Coste variable según el punto
Documentación y justificantes

Información revisada el 18 de septiembre de 2026 a partir de fuentes oficiales y regulatorias.

Primer paso
Identifica si es alta nueva, reactivación o cambio de titular.
Quién contrata
La comercializadora que elijas.
Quién conecta a la red
La distribuidora de tu zona, que no se puede elegir.
Plazo ordinario
De 5 a 7 días hábiles si no hacen falta obras ni falta documentación.

Antes de solicitar el alta: elige el trámite correcto

No todos los suministros se gestionan igual. Confirmar la situación del punto antes de contratar evita pedir una baja o un alta innecesarias.

Alta nueva

Corresponde cuando se crea un punto de suministro. Puede requerir identificar la instalación, aportar documentación adicional del inmueble y, si procede, ejecutar una acometida o ampliar la red.

Reactivación de un punto dado de baja

Se solicita cuando el punto ya existía pero no tiene suministro activo. El coste y la documentación dependen, entre otros factores, de los derechos reconocidos, la potencia solicitada y el estado de la instalación.

Punto activo con otro usuario

No es un alta ordinaria. Si la luz sigue activa y solo cambia quien usa el suministro, lo que corresponde normalmente es un cambio de titular de la luz, no una baja seguida de una contratación nueva.

Comercializadora y distribuidora: qué hace cada una

Comercializadora

Es la empresa con la que contratas la energía y cuya oferta aceptas. Gestiona la contratación, factura el suministro y habitualmente traslada la solicitud de acceso a la distribuidora. Antes de firmar, debe facilitar un documento resumen separado con las principales condiciones contractuales.

Distribuidora de la zona

Opera y mantiene la red, mantiene y lee los contadores, y realiza o coordina la conexión, activación y actuaciones de red. Viene determinada por la ubicación del punto; no se elige al contratar.

Consumidor

Elige la comercializadora y la modalidad de contratación, aporta los documentos, solicita una potencia compatible con el punto y conserva la oferta, el contrato y las comunicaciones recibidas.

En PVPC, la contratación debe formalizarse con una comercializadora de referencia, que tramita el acceso. Las ofertas, precios, servicios adicionales y posibles condiciones de permanencia son datos comerciales: revísalos en la oferta concreta, no los des por supuestos.

Cómo dar de alta la luz paso a paso

  1. Identifica el punto y su situación. Localiza el CUPS si el punto ya existe. Puedes apoyarte en una factura anterior, la documentación del inmueble o la consulta a la comercializadora o distribuidora.
  2. Decide si necesitas alta, reactivación o cambio de titular. Si el suministro sigue activo, evita tramitar una baja solo para cambiar el nombre del contrato.
  3. Elige comercializadora y revisa su oferta. Comprueba el precio, la duración, los servicios adicionales, el alquiler del contador cuando proceda y las condiciones de permanencia o penalización que figuren en el contrato comercial.
  4. Solicita la contratación. Indica la dirección, el titular, la potencia solicitada y los datos necesarios para identificar el punto. Aporta la documentación que te pidan para ese caso.
  5. Guarda las pruebas. Conserva el documento resumen, la oferta, el contrato, el justificante de solicitud y cualquier número de referencia o comunicación sobre la activación.
  6. Revisa la puesta en servicio y la primera factura. Verifica el CUPS, la potencia, los derechos aplicados, los impuestos, el alquiler o las actuaciones sobre el equipo de medida y cualquier servicio adicional contratado.

Documentos habituales para contratar la luz

La documentación puede variar según el punto, su antigüedad, la instalación y las actuaciones necesarias. Como base, la CNMC indica los siguientes datos y documentos:

  • CUPS, si el punto ya existe y está identificado.
  • Nombre completo y documento identificativo de la persona titular.
  • Dirección completa del suministro.
  • Potencia solicitada.
  • Certificado de instalación eléctrica o boletín, cuando proceda.
  • IBAN o el medio de pago acordado para los recibos.

En un punto nuevo pueden pedirse además licencia de primera ocupación o apertura, cédula de habitabilidad o documento equivalente cuando sea exigible, y escritura de propiedad o contrato de arrendamiento. Si vives de alquiler, la regla general es que el titular sea quien utiliza efectivamente la electricidad y tenga un título legítimo para usar el inmueble.

Cuánto cuesta dar de alta la luz

No hay un precio único aplicable a todos los casos. El importe depende del estado del punto, la potencia solicitada, los derechos técnicos que conserve, la necesidad de actuaciones y la fiscalidad vigente.

Punto nuevo

Pueden intervenir derechos de acometida, incluidos extensión y acceso, además de enganche, verificación, actuaciones sobre el equipo de medida, trabajos de conexión e impuestos. Si hay que extender o ampliar la red, habrá una solución técnica específica.

Punto dado de baja

El coste depende de la vigencia de los derechos reconocidos, de la potencia que solicites, del estado técnico del punto y de si se requiere verificación u otra actuación.

Cambio de titular con punto activo

No debe tratarse como un alta ordinaria. El nuevo Reglamento contempla que la comercializadora no cobre por expedir nuevos contratos derivados de determinados cambios de titularidad.

La distribuidora no puede exigir pagos anticipados fuera del régimen regulado para acometidas y actuaciones necesarias para atender el suministro. Esto no elimina los derechos regulados ni otros conceptos legalmente previstos. Pide el desglose que corresponda y revisa la liquidación o la factura antes de aceptar que un cargo es correcto.

Plazos: alta ordinaria frente a obras de red

Alta ordinaria. La CNMC informa de un plazo máximo legal de 5 a 7 días hábiles, con independencia de la comercializadora, cuando la instalación está preparada y no son necesarias obras ni existen incidencias documentales.

Si hacen falta instalaciones de extensión en baja tensión. Los plazos de ejecución cambian y se cuentan desde el pago de los derechos de acometida: 5 días hábiles si no hay ampliación de red, 30 días si solo hay que ampliarla, 60 días si se necesita un centro de transformación y 80 días si se necesitan varios. Son plazos de ejecución de esas instalaciones, no una garantía de activación completa desde la primera solicitud.

También pueden retrasar la contratación la falta de documentos, un certificado exigible que no esté disponible, la necesidad de adaptar la instalación, autorizaciones aplicables o una incidencia relacionada con una deuda en los supuestos previstos legalmente.

Qué comprobar antes de firmar y después de activar el suministro

  • Que el titular, la dirección y el CUPS sean correctos.
  • Que la potencia solicitada no supere la potencia máxima admisible ni los derechos disponibles, salvo que se tramiten las actuaciones necesarias.
  • Que dispones del documento resumen separado, la oferta y las condiciones completas del contrato.
  • Que entiendes el precio de la energía, las cuotas fijas, los servicios adicionales y las condiciones de duración o permanencia del contrato comercial.
  • Que la primera factura distingue los conceptos regulados, los impuestos y los servicios adicionales que correspondan.

El contrato de acceso tiene carácter anual y se prorroga tácitamente por periodos anuales, salvo contratos especiales. La duración y demás condiciones del contrato comercial pueden ser distintas, especialmente en mercado libre.

Si rechazan, retrasan o cobran de forma discutida el alta

Reclama primero por escrito ante la empresa responsable y exige un número de referencia, acuse o justificante. Dirige la reclamación a la comercializadora si el problema afecta a la contratación, la oferta, la facturación o una condición comercial. Dirígela a la distribuidora si afecta a la conexión, la red, el contador, la lectura o la activación técnica.

Con carácter general, comercializadoras y distribuidoras deben responder en un máximo de 15 días hábiles. Si no recibes una solución satisfactoria, utiliza la vía de resolución que indique la empresa y, cuando proceda, acude al organismo competente de tu comunidad autónoma o al sistema de resolución alternativa de litigios al que esté adherida la entidad.

Adjunta la solicitud inicial, el contrato u oferta, las facturas o cargos discutidos, las comunicaciones recibidas y los justificantes de pago si los hay. Explica qué corrección solicitas: activación, revisión documental, desglose de cargos o rectificación de factura.

Preguntas frecuentes

¿Es lo mismo dar de alta la luz que cambiar el titular?

No. Si el punto sigue activo y solo cambia la persona usuaria, corresponde normalmente un cambio de titular. El alta o la reactivación se aplican cuando no hay suministro activo o se crea un punto nuevo.

¿Quién da de alta la luz: la comercializadora o la distribuidora?

Contratas con la comercializadora. Esta suele tramitar el acceso en tu nombre, pero la distribuidora de la zona opera la red y realiza o coordina la conexión y activación necesarias.

¿Necesito siempre el boletín eléctrico?

No debe darse por hecho en todos los casos. El certificado de instalación o boletín se aporta cuando procede según el estado y características del punto, la instalación y los requisitos aplicables.

¿Puedo elegir la distribuidora?

No. La distribuidora depende de la zona donde se encuentra el punto de suministro. Lo que sí puedes elegir es la comercializadora, salvo las particularidades de modalidades como el PVPC, que se contrata con una comercializadora de referencia.

¿Cuánto tarda un alta de luz?

Para un alta ordinaria, la CNMC indica un máximo legal de 5 a 7 días hábiles cuando la instalación está preparada. Si se necesitan obras de extensión o ampliación de red, los plazos son distintos y pueden ser superiores.

¿Qué pasa si el punto lleva años dado de baja?

Hay que comprobar el expediente del punto: derechos reconocidos, potencia disponible, estado de la instalación y necesidad de certificado o actuaciones. No conviene asumir que se conservan todos los derechos ni que el coste será el mismo que en otra vivienda.

Fuentes oficiales